Preguntas frecuentes relativas al desplazamiento de deportistas federados andaluces (Actualizado 12/Noviembre)
Resumen de las consultas recibidas a la Real Federación Andaluza de Golf, por parte de jugadores y clubes federados, respecto a las limitaciones a la movilidad establecidas en el Decreto del Presidente 9/2020 de 8 de noviembre 2020 por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4, como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del Covid-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y sus posteriores correcciones.
¿Pueden abrir los campos de golf?
Sí. En cualquier zona de Andalucía.
Sin embargo, en las zonas que estén en nivel 4 grado 2 -actualmente, la provincia de Granada- se podrá abrir la instalación deportiva, pero no así su restaurante y pro-shop.
¿Cómo afecta la limitación horaria a los campos de golf?
La limitación horaria a las 18:00 horas no afecta a los campos de golf para la realización de actividad física al aire libre. Esta limitación sí afectaría a los servicios de restauración y pro-shop.
¿Qué competiciones puede organizar un campo de golf?
En toda Andalucía se pueden organizar todo tipo de competiciones, salvo en aquellas áreas que se encuentren en nivel 4 grado 2 (actualmente, provincia de Granada) donde no podrán organizarse competiciones para edades inferiores a 16 años y competiciones no federadas.
En golf, cualquier competición que se celebre en un campo federado, será una competición federada.
¿Puedo desplazarme de un municipio a otro para ir a un campo de golf?
Conforme a la infografía publicada por la Consejería de Educación y Deporte, está permitido el desplazamiento entre municipios, siempre que el mismo tenga por objeto realizar cualquier actividad relacionada con una actividad deportiva federada y competiciones oficiales, incluyendo los entrenamientos.
Sin embargo, los jugadores menores de 16 años que no sean deportistas de Alto Rendimiento o Alto Nivel, no podrán salir de su municipio para practicar golf.
¿Qué significa realizar actividades deportivas federadas de competición oficial?
Estar federado y participar en una competición oficial federada, como deportista, entrenador, juez o árbitro, incluyendo también los entrenamientos, conforme a infografía explicativa publicada por la Junta de Andalucía.
¿Qué es una competición oficial federada?
Según la Ley del Deporte Andaluz, son aquellas competiciones declaradas como tal por la federación deportiva correspondiente, e incorporadas al calendario aprobado por la Asamblea General de la Federación.
Ejemplos de competiciones oficiales incluyen tanto el Estrella Damm Andalucía Valderrama Masters, como los Circuitos Senior, Femenino, de 5ª categoría, etc.
¿Qué se entiende por entrenamiento?
Cualquier actividad que realice un jugador federado en una instalación deportiva federada y que tenga por objeto la preparación para la competición oficial.
¿Debo llevar la licencia física?
Conforme al Decreto de Presidencia 9/2020 de 8 de noviembre, el jugador federado acreditará tal condición exhibiendo su licencia federativa, ya sea la licencia física, o a través de la app de la Real Federación Española de Golf.
¿Qué jugadores componen la categoría absoluta?
En el deporte del golf, la categoría absoluta la componen los jugadores federados amateurs, cualquiera que sea su edad.
De conformidad con la redacción de la Orden que desarrolla el Decreto del Presidente 9/2020 de 8 de noviembre, y a la vista de las correcciones publicadas con fecha 9 de noviembre, entendemos que el espíritu de la norma considera categoría absoluta a los jugadores mayores de 16 años de edad.
Soy un jugador federado menor de 16 años. ¿Puedo desplazarme para entrenar o competir?
No. Solamente podrás entrenar o competir en campos de golf que se encuentren dentro de tu mismo municipio.